miércoles 5 de febrero de 2025 12:44 pm
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El doctor Pedro Ramírez Slaibe, experto en sistemas de salud y ex director de Aseguramiento para el Régimen Subsidiado de la Sisalril, ha señalado que el Gobierno debe buscar alternativas al cobro de servicios de salud a extranjeros en situación irregular, debido a las serias contradicciones normativas y conflictos jurídicos que esta medida presenta.

Inversión en Atención de Partos y Cesáreas

En 2024, República Dominicana invirtió aproximadamente RD$1,068,757,173 en la atención de partos y cesáreas de 32,967 madres haitianas en hospitales públicos. Este cálculo se basa en un costo promedio de RD$32,419 por evento, según estudios internacionales.

Análisis del Experto

Ramírez Slaibe explicó que el cobro de servicios de salud a inmigrantes en situación irregular presenta serios desafíos legales y constitucionales. Utilizando datos del Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA), detalló que los costos promedio estimados para la atención del embarazo y la maternidad en hospitales públicos son de RD$32,419 por evento obstétrico.

Impacto Económico y Social

Según el experto, la inversión total en atención de partos y cesáreas en hospitales públicos durante el 2024 fue de RD$2,971,015,799, considerando tanto a dominicanas como a haitianas. Si solo se consideran las madres haitianas, la inversión asciende a RD$1,068,757,173.

Contradicciones Normativas y Jurídicas

Ramírez Slaibe advierte que el cobro de servicios de salud a inmigrantes en situación irregular podría reconocerlos dentro del sistema legal, lo que contradice su estatus de «ilegal». Además, esta medida podría violar la Constitución, específicamente el Artículo 61, que garantiza la salud como un derecho fundamental. También podría infringir la Ley General de Salud (42-01), que establece el acceso universal a la salud sin distinción de nacionalidad o estatus migratorio.

Implicaciones Internacionales

El experto también señala que esta decisión podría ser incompatible con tratados internacionales, como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), que prohíbe la discriminación en el acceso a la salud, y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que exige no establecer barreras arbitrarias.

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